lunes, 5 de mayo de 2014

Litispendencia y conexidad procesales (II)

About: "Lis pendens" (or notice of pending action)  under Regulation Brussels I.

Requisitos para apreciar la excepción de litispendencia internacional con arreglo al art 27 Bruselas I

1º  Identidad de objeto y causa.

Es decir: la pretensión que se plantea por ejemplo en España, ha de ser la misma que está pendiente ante otro Estado Miembro (EM). El TJUE ha optado, como siempre, a una interpretación autónoma del concepto de identidad de objeto y causa. 

Según su jurisprudencia, el concepto de causa hace referencia a los hechos y a las normas jurídicas aplicables, mientras que el objeto sería lo que persigue la demanda. No obstante, para hacer un juicio de comparación, se ha interpretado el concepto en sentido amplio, se va a relativizar, con un criterio finalista, verificar si se está discutiendo esencialemnte lo mismo ante los dos tribunales. El objetivo de prevención de decisiones divergentes justifica esta interpretación amplia. (C-116/02 ,C-406/92)

2º Ambos procesos planteados entre las mismas partes

Con independencia de su posición procesal. Puede haber aquí problemas cuando haya una pluralidad de partes. O cuando haya subrogación. Supuestos que pueden ocurrir: cuando el distribuidor de un producto reclama al fabricante, y el fabricante, en otro EM, a su compañía de seguros. 

3º Que el litigio se halle pendiente ante los tribunales de otro EM. 

Habrá que determinarse las fechas de inicio de cada uno de los procesos. En este punto, el RBI en su artículo 30 delega al derecho procesal de la lex fori la concreción de dicha fecha, en un intento de conciliar los distintos sistemas procesales de los EM. (En algunos va a ser suficiente la presenctación del escrito de demanda, en otros dicho documento tendrá que notificarse al demandado antes de su presentación al tribunal). Prevalece el principio " prior in tempore, potior in  iure ".

Presentación de la demanda precede la notificación o traslado de la cédula de 
emplazamiento, en el caso español. En otros países sucede al revés. 

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